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Fallos: 73:31 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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DE JUSTICIA NACIONAL Ma

CAUSA CVI
Don Juan Francisco Dávalos contra don Juan Alcántara, por reivindicacion; sobre embargo preventivo Sumario. — El embargo preventivo que la ley de precedimientos autoriza por razon de reivindicacion no puede exten- .

derse ú los frutos de la cosa que se reivindica.

Caso. — Lo explica el Lo Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Febrero 18 de 1898.

Bajo la responsabilidad del solicitante y de acuerdo con lo establecido por el artículo 447 del Codigo Procedimientos, decrétase el embargo preventivo de la finca, materia de la reivin- 1 dicacion, á cuyo efecto se librarán los oficios del caso á la oficina | respectiva, como asimismo el de los alquileres, debiéndose ha- :

cer las notificaciones necesarias á los inquilinos por el oficial :

de justicia del Juzgado. E Repóngase la foja. ! Agustin Urdinarrain.

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Año: 1898, CSJN Fallos: 73:31 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-73/pagina-31

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