DE JUSTICIA NACIONAL Ma
CAUSA CVI
Don Juan Francisco Dávalos contra don Juan Alcántara, por reivindicacion; sobre embargo preventivo Sumario. — El embargo preventivo que la ley de precedimientos autoriza por razon de reivindicacion no puede exten- .
derse ú los frutos de la cosa que se reivindica.
Caso. — Lo explica el Lo Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Febrero 18 de 1898.
Bajo la responsabilidad del solicitante y de acuerdo con lo establecido por el artículo 447 del Codigo Procedimientos, decrétase el embargo preventivo de la finca, materia de la reivin- 1 dicacion, á cuyo efecto se librarán los oficios del caso á la oficina | respectiva, como asimismo el de los alquileres, debiéndose ha- :
cer las notificaciones necesarias á los inquilinos por el oficial :
de justicia del Juzgado. E Repóngase la foja. ! Agustin Urdinarrain.
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Año: 1898, CSJN Fallos: 73:31
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-73/pagina-31
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