DE JUSTICIA NACIONAL 263 Es con motivo de esa citacion, que Badaracco opone úfoja 228 vuelta la excepcion de incompetencia de jurisdiccion, fundado en que la deuda reclamada afecta á los condóminos del buque, y éste se ha vendido judicialmente por órden del señor juez de comercio, ante cuya jurisdiccion pende el concurso formado al condómino Canale.
Si fuera exacto que ese concurso sv ha formado, y el buque ha sido vendido por órden del juez doctor Peyret, depositándose el importe á su órden, pienso quv la excepcion de incompetencia procede legalmente, Formado el concurso, la jurisdiccion comercial se opera 1750 facto, excluyendo la jurisdiccion federal, segun declaracion expresa del inciso 4", artículo 12 de la ley de competencia nacional.
El estado de quiebra abarca la universalidad de los bienes, derechos, acciones y obligaciones el fallido, segun e! artículo 1381 del Código de Comercio, y la declaracion de quiebra atrae al tribunal de comercio, todos:los neyocios judiciales del fallido, segun el artículo 1387, Sienlo evidente que la reclamacion perseguida es contra Badaracco y Canale, si éste está concursado, y el buque vendido y depositado el producto de su venta á la órden del juez de comercio, á éste mismo correspondería la jurisdiccion para conocer de los incidentes sobre pago de los sueldos y mantencion de sus tripulantes, una vez que la continencia del juicio no debe dividirse, y el mismo Badarueco debe oenrrir al juez del concurso parala liquidacion de su haber social.
Opino por ello, que el conocimientode este incidente, mediando concurso de uno de los demandados, corresponde al juez de ese concurso ; y pido á V. S. se sirva asf declararlo.
Sabiniano Kier.
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Año: 1898, CSJN Fallos: 73:263
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