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Fallos: 73:262 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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Auto del Juez Federat Buenos Aires, Abril 26 de 1896.

Y vistos : De acuerdo con las consideraciones legales aducidas por la parte de don Angel Caboara y otros, en su escrito de foja 236, contestando el de excepciones de la parte de Dudaracco, consideraciones que este juzgado estima ajustadas á derecho, se declaran improcedentes las excepciones opuestas por Badaracco, con costas ; debiendo, en su mérito, llevarse adelan te la ejecucion. Repónganse los sellos.

P. Olaechea y Alcorta.


VISTA DEL SEÑOR PROCUNADOR GENERAL
Buenos Aires, Julio 28 de 1897, Suprema Corte :

La accion instaurada á foja 19 de estos autos, lo fué contra los señores Badaracco y Cr

La ejecucion para el enmplimiento de esas sentencias se continúa contra los mismos demandados Badaracco y Canale, segun los escritos de fojas 219, 222 y 226, en que se pidió citacion de remate,

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Año: 1898, CSJN Fallos: 73:262 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-73/pagina-262

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