26 FALLOS DE LA SUPREMA CONTE E amigo mencionado, le pidió los billetes, entregándole siete de veinte pesos cada uno por la mitad de su valor y varios de cincuenta centavos, gratis, los que le pagó en seguida, y que en las mismas condiciones se los entregó á dichos individuos, quienes le dieron en el acto los setenta pesos que había abonado por ellos; que les pagó el pasaje á San Gerónimo, porque le expresaron que no tenían diner», Que del careo habido entre los procesados á foja 8, resulta:
Que Speziale les dió los billetes falsos á condicion de que le dieran diez pesos buenos una vez que fueran cambiados; que para realizar esto los acompañó hasta San Gerónimo; que no es cierto que hayan ido voluntariamente al negocio de aquél, Di haber entregado lus setenta pesos que hace mencion.
Que de fojas 52 á 55 formula su acusacion el señor procurador fiscal, pidiendo se condene á cada uno de los tras prucesados á cuatro años de trabajos forzados, al pago de una multa de quinientos pesos y las costas del juicio.
Que los procesados, tanto en sus indagatorias como en el careo habido, han confesado el hecho criminal de que se les acusa de haber hecho circular billetes falsos adquiridos de mala fé, de cuyo hecho están convictos y confesos, aun cuando entre sf difieran sobre puntos de detalle, Que en vista de la circunstancia de no ser sinó siete de veinte pesos y algunos de cincuenta centavos los billetes circulados falsos, pide que se uplique 4 los procesados el mínimum de las penas establecidas en el artículo 62 de la ley sobre crímenes nacionales, de 14 de Setiembre de 1863, y en la forma que tiene solicitado.
Que corrido traslado de la acusacion fiscal á los respectivos defensores de los procesados, la contestan alegando la incompetencia del juzgado para conocer en esta causa; niegan que sus defendidos hayan cometido el delito que se les imputa, y en todo caso, aún en el supuesto que hubiesen cometido el delito
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Año: 1898, CSJN Fallos: 73:226
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