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Fallos: 72:180 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Marzo 19 de 1598, Y vistos : Por los fundamentos del anto de foja diez y siete se confirma, con costas, el apelado de foja dos vuelta, declarán= dose que el presidente del Banco está en la obligacion de ahsolver posiciones sobre he-hos en que como tal haya prsonalmente intervenido ó de que deba tener conocimiento en el mismo carácter, Devuélvan=e,
LUIS Y. VARELA. — ABEL RAZAN.
— OCTAVIO LUNGE.

—.


CAUSA NX XVIII
Doña Teresa Rappolla de Consentino contra don Nicolás Minnoviche, por daños y perjuicios; sobre término extraordinario.

Sumario, — No debe hacerse lugar ú la solicitud sobre concesion de término extraordinario, si no reune todos los requisitos de Ju ley, Caso. — Recibida la causa á prueba, solicitó la concesion de término extraordinario sin cumplir con los requisitos del artículo 95 de la ley de procedimientos.

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Año: 1898, CSJN Fallos: 72:180 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-72/pagina-180

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