expropiacion seguidos por la misma empresa demandante contra don José Fontanell, pues en ambos casos se trata de terrenos con igual situacion y en idénticas condiciones generales: por ello se fija en la referida suma de cuatro centavos moneda nacional el precio del metro cuadrado de terreno.
En cuanto á las costas : siendo jurisprudencia constante de esta Suprema Corte que el expropiante, en caso de que el precio que se fija en definitiva sea superior al ofrecido, sólo está obligado é pagar los honorarios de peritos y costas de actuacion:
se confirma á este respecto la sentencia de foja setenta y ocho.
Repuestos los sellus, devuélvanse.
ABEL BAZAN,
CAUSA UDIX
Criminal contra José Ponsati, por hurto ; sobre encarcelacion.
Sumario. — La ley número 3335 que priva ú los reincidentes del beneficio del artículo 49 del Código Penal, no comprende las causas cuyo conocimiento corresponde á los jueces federales, Caso. — El defensor del acusado pidió á la Suprema Corte que, sin perjuicio de continuarse el recarso deducido contra la sentencia de 4° instancia, fuera puesto en libertad su defendido por estar agotada la pena que el inferior le impuso, El señor Procurador general se opuso, fundado en que el procesado era reincidente y que en esa virtud estaba sujeto 4 las disposiciones de la ley número 3335,
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Año: 1897, CSJN Fallos: 71:372
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