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Fallos: 71:322 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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tribunales, singularmente en la Capital federal, con motivo de los delitos de expendio de billetes de lotería clandestina, declarándose en distintos fallos que, castigando la ley (especial de lotería de beneficencia) únicamente el expendio de tales billetes, 10 es punible la mera tenencia de ellos, aunque haya las más fuertes presunciones de que está próximo á cometerse el delito especialmente penado por la ley.

Por estas consideraciones, y no obstante lo dictaminado por el procurador fiscal :

Fallo sobreseyendo definitivamente en esta-causa con arreglo á lo dispuesto en el artículo 434, inciso 1, del Código de Procedímientos en lo criminal, y mandando poner en libertad á los detenidos actualmente.

Cancélense las escrituras de los que se encuentran en libertad bajo fianza, y líbrense los oficios del caso. Notifíquese con el original y regístrese en el libro de sentencias.

Meriano S. de durrecoechea.


VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Agosto 16 de 1897.

Suprema Corte :

La falsificacion de billetes de banco que motiva este proceso, es un hecho que consta con evidencia en autos.

La criminalidad de los procesados Valentin Lizarraga, Manuel Ramirez Rodriguez y Francisco y José Reixach, como autores de la falsificacion, consta no sólo por la propia confesion, sinó tambien por circunstancias directas é inequívocas, como lo demuestra la acusacion fiscal de foja 81, que ruego 4 V. E, se

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Año: 1897, CSJN Fallos: 71:322 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-71/pagina-322

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