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Fallos: 71:194 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Diciembre 2 de 1897.

Vistos: De acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor Procurador general y por sus fundamentos, se confirma, con costas, la sentencia apelada de foja treinta y tres, y repuestos los sellos, devuélvanse.


BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN.
— OCTAVIO BUNGE.


CAUSA CCCLX XV
Don Lisandro Riveros en el juicio de doña Antonta Josefa y Escolástica Prieto, contra doña Maria Barutti, por retencion de uninmueble; .sobre apelacion denegada y rechazo de una peticion.

Sumario. -— 1 Es apelable el auto por el cnal serechaza la peticion de un tercero para que se haga saber á los encargados de ejecntar una sentencia dictada por los tribunales previnciales, que las providencias dictadas en el juicio no afectan sus derechos.

27 Si esos derechos han sido dejados á salvo en el juicio, la

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Año: 1897, CSJN Fallos: 71:194 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-71/pagina-194

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