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Fallos: 70:285 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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adelante fundado la respectiva responsabilidad de cada nno de los procesados. Permítame V, E, excusar la repeticion de esos fundamentos de la condena, Basta reproducir las exposiciones del 4, 5° y 69 considerandos de la sentencia, pera evidenciar la participacion de Vici, Scaralichi, Chimicleroski y Loncini en el hecho fundamental de este proceso, basta tambien invocar las referencias del 8° considerando, para convencer de la responsabilidad que afecta al procesado Ricardo Bocedi, como enonbridor del delito perpetrado.

Que no se trataba de un simple plan ó complot, del que voluntariamente hubiesen desistido los autores, le revelan los objetos é instrumentos de la falsificacion, entre los que figuran los grabados de billetts no sólo en la piedra litográfica, sinó tambien en el anverso y reverso de la plancha de acero ó zinc, grabado expresamente para billetes de cinco pesos. Y que no hubo desistimiento voluntario, se revela ante la tenaz insistencia de los actores, que temerosos de haber sido sospechados en la provincia de Santa Fé, trasladan sus elementos al Paraná y continúan allf sus procedimientos, hasta el momento de ser sorprendidos, secuestrados y presos por la autoridad local, No es simple plan el que produce hechos como los perpetrades cen el propósito de la falsificacion, era la espectativa de realizar una emision de billetes falsos, lo que guiaba esos propósitos, bien manifiestos enactos necesariamente conducentes á tal fin.

El propósito eru la falsificacion que el artículo 62 de la ley sobre crímenes contra la nacion, castiga independientemente do la cireclaciun con pena de trabajos forzados por cuatro ú siete años. Pero ese propósito no llegó á realizarse, puesto que la policía secuestró las planchas autes que hubiera llegado el tirador, que esperaban para "realizar la impresion. Sólo hubo entónces una tentativa con todos los caracteres con que la determina esplícitamente el artículo 8° del Código Penal, Y á esa tentativa, de que no hubo desistimiento voluntario, correspondía la pena

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Año: 1897, CSJN Fallos: 70:285 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-70/pagina-285

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