Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 69:429 de la CSJN Argentina - Año: 1897

Anterior ... | Siguiente ...

1894, de que hace mencion el parte de foja 1, no consta haberse recibido en los depósitos aduaneros.

Y considerando: Que la falta de bultos en la descarga del referido vapor « Mendoza » se encuentra plenamente justificado por las constancias del sumario, y en especial, por el informede la « Empresa Catalinas », cuyo informe no ha sido desnaturalizado por los apelantes como pudo y debiera haberlo sido en su oportunidad, Que la circunstancia de no aparecer en los depósitos aduaneros los mencionados bultos, no obstante la comprobacion de su descarga, constituye prima /acie una séria presuncion de haber sido desviados de su destino, presuncion que se vigoriza al observar la actitud negativa ó pasiva de los interesados. Por ello, deacuerdo con lo aconsejado por el ministerio fiscal y fundamentos de la sentencia apelada, se confirma ésta, con costas. Repóngase la foja.

Agustin Urdinarrain.


VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Noviembre 25 de 1896.

Suprema Corte :

Siendo exactas las referencias del hechoy de derecho que consigna la resolucion recurrida de foja 23, se ha deservir V, E, confirmarlas por sus fundamentos, Sabiniano Kier.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

60

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1897, CSJN Fallos: 69:429 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-69/pagina-429

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 69 en el número: 429 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos