Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 68:41 de la CSJN Argentina - Año: 1897

Anterior ... | Siguiente ...

Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Marzo 11 de 1897, Autos y vistos : Resultando del auto de foja ..., el cual se encuentra consentido, que de conformidad de partes se convino en que la cantidad embargada reemplazará en su totalidad el embargo de la propiedad, y debiendo entenderse, en tal caso, que el dinero depositado debe de continuarlo, á las resultas del juicio. Por esto, no ha lugar á la reposicion del auto que mandó suspende: la entrega de la cantidad depositada, y concédese en relacion el recurso de apelucion interpuesto, y elévese con oficio los autos ante la Suprema Corte. lepóngase la foja.

yustin Urdinarrain.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Mayo 2 de 1897 Vistos y considerando : Que por consentimiento del ejecutante y ejecutado se vendió la finca embargada, estableciéndose, conforme ú la ley y úála voluntad expresa de las partes, que el precio de venta quedaría depositado en el Banco de la Nacion, á la órden del juzgado, y por cuenta de este juicio, segun se vé de fojas ciento sesenta y siete á ciento setenta y tres, con la deduecion, en lo que toca ú las resultas del juicio mismo, de la cantidad ú que se refiere la peticion segunda del escrito de foja ciento setenta y dos.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

80

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1897, CSJN Fallos: 68:41 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-68/pagina-41

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 68 en el número: 41 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos