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Fallos: 68:228 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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228 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE que, en contra de esa concesión, haya cobrado impuestos á la empresa est' en la obligacion de restituir su importe, Caso, — Don Julian Nogueras, por el Ferrocarril, se presentó ante la Suprema Corte diciendo : que entabla demanda contra la provincia de Santa Fé por repeticion de la suma de 38.350 pesos moneda nacional, cobrada á la empresa en calidad de contribucion directa por las prop'edades y dependencias de la misma, Expuso : que por ley de 23 de Mayo de 1863 se aprobó el coutrato celebrado en 16 de Marzo del mismo año para la construecion del Ferrocarril Central Argentino, en cuyo artículo 49 se declaró libre de toda contribucion ó impuesto la propiedad del Ferrocarril y sus dependencias, Que no obstante esta disposicion terminante, la provincia de Santa Fé ha hecho efectivo contra la empresa el cobro de con— tribuciones á contar desde riuco años atrás, rechazando la pro= testa que formuló el gerente cuando se le pasaron los boletos de avaluacion «e los terrenos y propiedades que orupan y constituyen la vía, estaciones y dependencias del ferrocarril, Que en mérito de la citada ley, dictada con los propósitos y atribuciones determinados en los inisos 12 y 16, artículo 67 de la Constitucion Nacional, reclamó al gobierno, sin que haya sido atendido en su justo pedido de exoneracion de ese impuesto, por lo que ha tenido que abonar una parte de lo que se le cobra, salvando su derecho para ocurrir ante Y, E, en demanda de justicia, Que se trata de una empresa ferroviaria interprovincial, que al introducir al país el gran capital que ella representa, contrató el Poder Ejecutivo las condiciones de recíproca ventaja de esa obra, acordándosele la exención antes referida, Que ese contrato fué comunicado á las provincias á quienes afectaba,

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Año: 1897, CSJN Fallos: 68:228 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-68/pagina-228

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