Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 68:212 de la CSJN Argentina - Año: 1897

Anterior ... | Siguiente ...

posibilitado para ello, por hallarse ocupado por la Empresa del Ferrocarril del Sud el mismo punto que en el puerto de Bahia Blanca debía construir su muelle, segun su concesión ; pidiendo, que en vista del derech» que le da la recordada ley, se dicten las disposiciones del caso, á efecto de que sele ponga en posesion de los terrenos fijados en los planos, en conformidad á lo dispuesto por el artículo 3" de la misma, Que con motivo de esta solicitud se siguió el juicio administrativo de que instruye el expediente origina; presentado por el actor, en el que éste y la empresa demandada sostuvieron respectivamente su mejor derecho á la ocupacion de los terrenos en que se encuentra el muelle construido por ésta, invocando ambos, al efecto, la prioridad que les acuerda el decreto y ley referidos, cuyo expediente fué resuelto, en definitiva, á foja 183, prévio dictámen del Procurador del Tesoro, mandando devolver= se al interesado para que ocurriese donde corresponda, Que en mérito de esta resolucion, el señor Planes se presenta á este Juzgado, en fecha veintiuno de Noviembre de 1893, deduciendo demanda contra la citada empresa, en la que pide se declare su preferente derecho ú la econstrueción y explotacion del muelle y depósitos para la navegacion de ultramar en Bahia Elanea, en el punto denominado « Puerto del Medio >, y enel paraje mismo ea que se ha levantado el que tiene construido aqueila, condenándose á la misma é hacer desaparecer la obstruccion indebidamente opuesta con tal obra al ejercicio de su derecho, como igualmente á que le sean indemnizados todos los daños y perjuicios que se le han irrogado, El señor Jesús A. Tenorio, en representacion de la empresa, contesta ú la demanda, sosteniendo su preferente derecho al muelle en cuestion, que funda en la concesion que le acuerda el referido decreto del Poder Ejecutivo Nacional, por ser de fecha anterior ú la ley de concesion que invoca Planes, y dictado con perfecta sujecion ú la Constitucion Nacional, pidiendo se tengan

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

47

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1897, CSJN Fallos: 68:212 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-68/pagina-212

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 68 en el número: 212 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos