Estos hechos, que se encuentran confirmados por Betbezel y Maimbault, acreditan plenamente ser Vergnon uno de los coautores en el delito de falsificacion de los billetes del Banco de la provincia de Buenos Aires, valor de veinte pesos.
7 Carlos T. Place, argentino, sin sobrenombre ni apodo, casado, litógrafe, con domicilio Venezuela, número 895, tambien ha confesado su participacion, reconociendo haber grabado parte de las planchas destinadas á la falsificacion de los billetes de veinte pesos referidos, hecho que practicó por encargo y responsabilidad de Verguon y Raimbault.
La excepcion que alega para atenuar su proceder, de que hizo ese trabajo sin pensar de que se trataba de una falsificacion y en la inteligencia de que el grabado sólo serviría de imitacion de billetes para etiqueta, no tiene fuerza alguna legal, y no debe, por lo tanto, ser aceptada, pues tratándose de la ejecucion de hechos que por su naturaleza constituyen elementos necesarios para la fabricacion de moneda, como es el grabado del sello rojo, que dice : « Cficina Inspectora, emision garantida, etc. », tales hechos constituyen un delito en sí mismo, por ser ellos la prueba viva del cuerpo del delito, y desde luego debe primar sobre la manifiestacion del delincuente, mayormente si se tiene presente que en la ejecucion de hechos delictuosos, siempre se presume la voluntad criminal (artículo 6", Código Penal), siendo úá cargo del procesado la prueba de su incriminalidad 6 inocencia, extremo que ni siquiera se ha intentado probar; y por lo que no merece fé, y no debe tomarse en consideración el beneficio del artículo 318 del Código de Procedimientos en lo Criminal, con arreglo á la resolucion de la Suprema Corte, pronunciada en la enusa seguida á José Bonelli, acusado de delito anúlogo.
8" Los hechos ejecutados por los procesados Raimbault, Tizon, Betbezel, Vergnon y Place, los colocan en la categoría de co-autores de los delitos por los que respectivamente se
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Año: 1897, CSJN Fallos: 68:127
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