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Fallos: 67:135 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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VISTA DEL SEN PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Marzo 11 de 1897, Suprema Corte :

Los procesados Epifanio Quiros, Nicasio Gonzalez, Eloy Gomez y Cárlos Monzon, no han justificado ninguna excepcion que les escuse de la infraccion de la ley de enrolamiento.

El estado mental de Monzon no era causa de exoneracion del servicio, pues si no ha alcanzado completo desarrollo segun el certificado médico de foja 78, no está impedido para el servicio militar, por su constitucion robusta y sana.

Respecto á Epifanio Quiros no existe prueba alguna bastante de su ausencia del país durante la época del enrolamiento ; y en cuanto al comprobado por los informes de fojas 64 y 65 noera bastante para escusarle del no cumplimiento no ya de simples decretos gubernativos, sinó de la ley que había prescripto un nuevo enrolamiento general.

Desiderio Rios y Sabú Morel tampoco han justificado plenamente las excepciones alegadas, siendo justa en consecuencia la sentencia en cuanto les impone los dos años de servicio militar, que prescribe la ley N° 3318 á su respecto.

Por ello, pido á V. E, se sirva confirmar el auto recurrido, con la declaracion de deber descontarseles el tiempo de prision sufrida, con sujecion á lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal, y úlo establecido en resoluciones anteriores do " vV. E.

Sabiniano Kier.

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Año: 1897, CSJN Fallos: 67:135 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-67/pagina-135

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