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Fallos: 67:133 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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plido veinte años en 1895; y Sabá Morel, foja 14, declara no haber asistido al llamado de la Guardia Naciona de veinte años porque el comisario de su distrito nada le dijo al respecto, El Procurador Fiscal, acusa á los seis primeros por el delito de falta de enrolamiento definido y castigado con dos años de servicio en el ejército permanente, por la ley de 21 de Setiembre de 1872, artículo 16, inciso 1", y úálos dos últimos por el de no haberse presentado á cumplir el decreto de movilización de la Guardia Nacional de 20 años, expedido en conformidad con lo que dispone la ley N" 3318, artículo 2", inciso 2", del título 4", pidiendo para ellos la misma pena que para los anteriores, de dos años de servicio en el Ejército.

El defensor de los procesados contesta ú foja 22, pidiendo se abra la causa á prueba para justificar las excepciones alegadas por ellos.

De la prueba rendida resulta que Antonio Bobé hace más de diez años que está domiciliado con su padre en el Salto, Repú-— blica del Uruguay (informe del juez de paz del Salto, foja 26; declaraciones de Angel y Estevan Mariani, fojas 50 y 51), y además, que tiene un vicio orgánico, insuficiencia mitral, segun el informe médico de foja 80.

Que Gervasio Cáceres padece de sífilis, enfermedad que ha llegado á un grado muy avanzado, por descuido, de modo que hoy le es imposible la losomocion, informe de foja 67.

Respecto de Desiderio Rios, sólo el testigo Ramon Vitor, foja 56, afirma que estuvo enfermo al tiempo de marchar los guardias nacionales de 20 años, pero sólo le duró la enfermedad seis dias despues de la marcha.

Y considerando : Que está probado por sus propias confesiones, que Epifanio Quiros, Nicasio Gonzalez, Eloy Gomez, Cárlos Monzon, Antonio Bobé y Gervasio Cáceres son ciudadanos argentinos, mayores de 18 años y que nose enrolaron en la Guardia nacional el año de 1895, no asistieron á la movilizacion del

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Año: 1897, CSJN Fallos: 67:133 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-67/pagina-133

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