DE JUSTICIA NACIONAL 139 y Y considerando: Que de la partida de bautismo de foja 3, se- | gun la cual consta que Augusto Herner nació el dia ocho de Diciembre de mil ochocientos setenta y siete, está plenimente 1 probado que este ciudadano no tenía la edad de diez y ocho años cumplidos en el período de tiempo corrido desde el primero de Febrero hasta tines de Abril de 1895, en que estuvo abierto el enrolamiento.
Que ni Raymundo Torres, ni Nicolás Gimenez, ni Laureano Velazquez han justificado la minoridad que alegan, pues del informe de foja 31, del cura párroco de Concordia, en cuyo departamento dicen haber nacido, no aparece la partida de bautismo de ellos.
Que tamporo ha justificado Nemesio Conil que estuviese im-— posibilitado de cumplir con la ob..zacion de enrolarse, Que del informe médico de foja 122, resulta que efectivamente Pedro Maidana es quebrado del muslo derecho y por defecto en la soldadura de huesos, tiene esa pierna más corta que la otra; pero si este es un motivo legítimo de excepcion del servicio militar, no lo es de justificacion para eximirse de la pena; por cuanto él no estaba autorizado para declararse exceptuado por sí mismo y su obligacion era enrolarse y solicitar su excepcion del servicio, de la autoridad competente, Que el motivo alegado por Marcelino Barco y Mateo Duarte, de haberse enrolado el año 1893, nolo justifica ni escusa, pues el enrolamiento del 95 no erala continuacion de aquél, y por lo tanto, debieron volverse á enrolar, sin que sea atendible la ignorancia dederecho con que pretenden excusarse, Que tampoco es atendible la excusa de Gregorio Rios, de haber estado sirviendo como gendarme en el piquete de seguridad de Concordia, aparte de que, segun el informe del jefe político de aquel departamento, foja 85, cuando se abrió el enrolamiento, ya Rios no se encontraba de servicio en el piquete.
Que Pedro Gonzalez no ha justificado su ausencia de la Repú
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Año: 1897, CSJN Fallos: 67:139
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