y medio de arresto, con imposicion de las costas procesales ; debiendo descontarse de esta condena, con arregi> al artículo 49 del mismo código y por razones elementales de equidad y justicia, el tiempo de prision preventiva sufrida. Y encontrándose Maldonado en libertad provisoria bajo la fianza personal de don Agustin F. Sousa, intímese á éste presente á su fiado dentro de tercero dia, bajo apercibimiento de derecho, Hágase saber al Jefe de Policía para la debida anotacion y notifíquese original.
Repóngase el papel.
tyustin Urdinarrain.
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Febrero 26 de 1897, ; Suprema Corte:
Siendo el herido señor Alison, ingeniero en jefe de las obras del Riachuelo, la agresion del maquinista de la chata bomba número 12, de improviso y por la espalda, se agrava por las circunstancias prevenidas en los incisos 2" y 15 del artículo 84 del Código de Procedimientos.
Merecería por ello el procesado Maldonado, pena mayor que Ja impuesta, pero habiendo la sentencia de foja 38 sido consentida por el agraviado y el Procurador Fiscal, me limito á pedir á Y. E. se sirva confirmacla, Sabiniano Kier.
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Año: 1897, CSJN Fallos: 67:117
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