Fallo del Juez Federal Salta, Octubre 8 de 1806, No estando la cuenta que acompaña comprendida en el inciso 5° del artículo 979 del Código Civil, por cuanto el Banco Hipotecario Nacional, si bien es una inst'tucion pública creada por el Congreso para fines de administracion bajo la dependencia del Gobierno Nacional, no es un bien particular del Estado, ni en consecuencia, sus rentas, oficinas ó dependencias pueden llamarse fiscales; calidad que corresponde sólo á los bienes que forman el tesoro del Estado, 6 ú las oficinas y dependencias de su administracion, no ha lugar ú la ejecucion; en consecuencia, traslado á los demandados.
Zambrano.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Noviembre 25 de 1896, Vistos y considerando : Que el Banco Hipotecario Nacional se gobierna en sus operaciones con independencia de la administracion general del país, con arreglo á la ley de su creacion.
Que couforme á esa misma ley, los préstamos que haga el citado Banco, deben hacerse en escritura pública, lo que importa decir que deben estar comprobados en esa forma (artículo cuarenta y cinco de dicha ley).
Que es de observar que no basta la cuenta simplemente firmada por el encargado de llevarla, para autorizar un -embar
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Año: 1896, CSJN Fallos: 66:28
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