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Fallos: 66:264 de la CSJN Argentina - Año: 1896

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posicion del Juez, al objeto del pago, la suma de que ha resultado deudor.

Caso. — Lo explica el Fallo del Juez Federal Autos y vistos: la demanda civil entablada por el ciudada no argentino, don Juaquín Infante, contra los súbditos extranjeros señores Fogliatti y Palazzi, por cobr- de pesos; de su es— tudio resulta: Queel actor entregó d los señores Fogliatti y Palazzi, cantidad de maderas, por contrato que hizo con don Antonio Ferro, cuyo importecra la suma de un mil dos pesos nacionales; Que de esta suma, se le entregó por Fogliatti y Palazz, la de seiscientos pesos nacionales, reteniéndole la restante de cuatrocientos dos pesos, la que no se le quiso entregar, alegando que era deudor de la razon social de Fogliatti y Palazzi; Que en virtud de esta retencion indebida, pedía se condenara álos demandados señores Fogliatti y Palazzi á la entrega de esa suma de cuatrocientos dos yesos, más los intereses moratorios y las costas de este juicio, que se ha visto precisado á entablar, Les demandados, contestando la demanda, dicen que no se ban negado ú abonar á Infante los 402 pesos, sinó los intereses moratorios y las costas, l>que creen no tiene derecho á cobrar, atento el hecho de no haber ellos incurrido en mora, Abierta la Causa á prueba, produjo Infante la confesión de los demandados y las declaraciones testimoniales de foja. .., de los señores Luis Lasagua y Delicio Ibañez; y los demandados, la contesion de Infante, Corsesponte. pues, apreciar el mérito de la prueba rendida, segun las reglas de la sana crítica, Elactor, al cobrar, no sólo la suma de 402 pesos, sino tim=

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Año: 1896, CSJN Fallos: 66:264 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-66/pagina-264

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