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Fallos: 65:410 de la CSJN Argentina - Año: 1896

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a " , 4" FALLOS DE LA SUPREMA CORTE En virtud de lo expuesto, creo que V. S. debe declararse incompetente, mandando que los recurrentes ocurran donde corresponda.

J. Botet, Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Agosto N de 1806, Autos y vistos: Por los fundamentos de la precedente vista, se declara el Juzgado incompetente para entender en el juicio promovido, mientras no se deduzca la accion conforme á derecho P. Olaechea y Alcorta,
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Setiembre 16 de 1506.

Suprema Corte :

Las intendencias militares créaronse, segun la ley 3305, como dependencias del Ministerio de Guerra y Marina, encargadas de proveer al ejército y armada, respectivamente, Las compras que efectúe, así como los contratos sobre trabajos y suministros, se realizarán en la forma que determine en cada caso el Poder Ejecutivo, segun su artículo 4. El personal de las intendencias se forma de empleados ú sueldo, con sujecion ála ley de presupuesto, segun el artículo 9", y sujetos á la juris

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Año: 1896, CSJN Fallos: 65:410 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-65/pagina-410

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