DE JUSTICIA NACIONAL 383 presentes cuando p:netró Ferrarese en el negocio, dice: que so- y:
lamente su dependiente José Sucheli y su hija menor de 12 años de edad, quien alumbraba con una vela para darle el cambio, pues dada la hora no se distinguían los billetes dentro del cajon.
4" Que en la misma fecha el comisario referido hace comparecer al dependiente Suchelli y á presencia del detenido le dice:
si lo conoce, vontestándole que sf, que el día 16 de Octubre al anochecer lo vió en la casa de su patron en circunstancias que compraba mercaderías pur valor de 8 pesos y medio, lo que abonó con un billete de 200 pesos, « oyéniole decir á su patron el día siguiente que el billete era falso, por habérselo así manifestado el señor boticario don Fermin Elizabe», 5" Que en la misma fecha hace comparecer á don José Crende á su despacho, por tener conscimiento que existía en su poder un billete falso de 200 pesos y le pregunta « si tiene en su poder billetes de banco, falsos », dice: « que sf, que tiene uno de 200, número 12599, série 2", emision del Banco de la Provincia de Buenos Aires», y preguntado cómo estaba en su poder este billete, contesta: « que el día 22 de Setiembre, llegó á su negocio siendo las 6 y media pasado meridiano, un desconocido le compró una bolsa de galleta que importaba 9 pesos con 80 centavos, abonando su importe con un billete de 200 pesos, el cual resultó ser falso, pues pocos días despues al efectuar un pago en la casa de comercio de los señores Gonzalez y Casso se le rechazó el mencionado billete ».
6° Que preguntado por qué nó dió cuenta á la policía dijo:
«que como habían pasado varios días sin saber que el billete fuera falso creyó oportuno no dar cuenta, en la creencia de que no darían con el circulador »; que preguntado si recordaba la filiacion de la persona que le dió el billete falso, dice: « que sí, que es un hombre como de 40 años, rubio, de regular estatura, al parecer italiano, y que lo conocería silo volviese ú ver; que
Compartir
57Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1896, CSJN Fallos: 65:383
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-65/pagina-383¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 65 en el número: 383 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
