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Fallos: 65:381 de la CSJN Argentina - Año: 1896

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Que en tal caso, no es posible el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo ciento veinte de la ley de procedimientos.

Por esto, y con arreglo á la jurisprudencia de esta Suprema Corte, se confirma con costas, en la parte apelada, el auto de foja diez y siete (cuaderno de prueba). Repuestos los sellos, devuélvanse,
BENJAMIN PAZ. — LUIS V. VARELA.
—OCTAVIO BUNGE.


CAUSA CCLX XX
Criminal contra Francisco Ferrarese, sobre circulacion de billetes falsos de curso legal Sumario. — La sentencia no apelada por el procesado, no puede ser modificada en cuanto á la pena que le impone.

Caso. —Resulta de las siguientes piezas :

Fatle del Juez Federal La Plata, Julio 30 de 1896.

Y vistos: Los seguidos contra Francisco Ferrarese, por circulacion de billetes falsos de Banco, de los cuales resulta:

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Año: 1896, CSJN Fallos: 65:381 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-65/pagina-381

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