DE JUSTICIA NACIONAL 319
CAUSA CCLX VIII
Contienda de competencia en el concurso civil de don Pedro A. Costa Sumario, — El Juez competente para la cesion de bienes, es el del domicilio del deudor, en la fecha en que fué iniciado el concurso.
Caso. — Resulta del fallo de la Suprema Corte y de la VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL (aid hoc) Buenos Aires, Octubre 22 de 1896, Suprema Corte: í El Juez competente para el juicio de cesion de bienes es el — del domicilio del deudor, segun disposicion expresa del artículo 718 del Código de Procedimientos vigente en esta Capital y en la provincia de Buenos Aires, Don Pedru A. Costa estaba domiciliado en esta misma Capital en 10 de Marzo de 1894, segun su propia declaracion contenida en la escritura del poder que
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Año: 1896, CSJN Fallos: 65:349
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