VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Noviembre 9 de 1891.
Suprema Corte :
El poder fué otorgado para demandar á la testamentaría de don Enrique del Mármol, La demanda dirigió sus acciones en esa parte, contra la testamentaría, como claramente La señora viuda, entre las excepciones opuestas, invoca sólo condicionalmente.ú foja 33, la de incompetencia, si esa demanda fuese contra la testamentaría, Pero reconoce en seguida, que la particion definitiva ha hecho desaparecer la testamentaría, y lo que existe son los herederos del causante, que responden directamente, Ante estos antecedentes, y la enmienda delos términos de la demanda, que segun lo expuesto á foja 42 no se dirige contra la testamentaría y va personalmente contra la viuda é hijos de del Mármol, los fundameutos del anto recurrido, resuitan ajustados á derecho, en cuanto al punto de la jurisdiccion. Por ello pido á V. E, su confirmacion en esa parte, Sabiniano Kier. Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Julio 21 de 1896. Vistos: Con lo expuesto por el señor Procurador General, y no habiendo la parte demandada triunfado en todas las pretensio
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Año: 1896, CSJN Fallos: 64:397
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-64/pagina-397
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