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Fallos: 64:23 de la CSJN Argentina - Año: 1896

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DE JUSTICIA NACIONAL 23 el quantum de la deuda, la existencia misma de la obligacion se halla declarada por sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, lo que es bastante á los fines del arraigo, autorizado por el inciso tercero del artículo cincuenta y cinco dela ley de procedimientos, Por esto, y de acuerdo con lo resuelto por esta Suprema Corte (1), con fecha catorce de Marzo de mil ochocientos noventa y cinco, en el caso de don H. Py y otros sobre cobro de honorarios en el juicio de Francisco Francioni con el capitan Zindel, se confirma con costas, e' auto apelado de foja ciento ochenta y dos vuelta. Repuestos los sellos, devuélvanse, BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN.— OCTAVIO BUNGE. — JUAN E. TO

BRENT,


CAUSA LX XXXII :
Don Hipólito Benet, contra el Banco Hipotecario de la provincia de Buenos Aires, por nulidad de venta; sobre posiciones.

Sumario.—El presidente del Banco Hipotecario de la pro» vincia de Buenos Aires, está obligado 4 absolver posiciones en las causas en que es parte el Banco, 1) Véase el tomo LIX (IX, 4' série), página 47, donde se encuentra el fallo de la referencia. a

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Año: 1896, CSJN Fallos: 64:23 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-64/pagina-23

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