¡ 476 FALLOS UE LA SUPREMA CORTE rechaza la reconvencion opuesta por el demandado, y en cuanto | condena á éste al pago de las costas del juicio; y se revoca en cuanto manda que la apreciacion de los daños y perjuicios reco—— nocidos, sean estimados en otro juicio, debiendo devolverse ios | nutosal Juzgado de su procedencia á fin de que esa estimacion .
sea hecha directamente por el inferior, con arreglo á derecho; las costas de segunda instancia serán abonadas en el órden cau— sado. Repórganse los sellos, pudiendo notificarse con el original, LUIS V. VARELA. — ABEL BAZAN. —
OCTAVIO BENGE. — JUAN E. TO-
RRENT,
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Año: 1895, CSJN Fallos: 62:476
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