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Fallos: 62:346 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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E 346 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
Procurador General, procede deelarar la competencia de aquel para conocer del asunto de que se trata, con arreglo á las disposiciones legales que en los mismos se invocan, Tor estos fundamentos: se declara que el conocimiento de esta vausa corresponde ú la justicia federal. Repuestos los sellos, devuélvanse al Juez de Seccion haciéndose saber por oficio al Juez de Paz.

LUIS V. VARELA. — ABEL HAZAN. —
OCTAVIO BUNGE. — JUAN E. TU-
RRENT.


CAUSA COONTIN
La Empresa del Ferrocarril al Puesfico contra el dortor don tmanzio Pardo: sobre erpropiarron Sumarro. — En las expropiaciones debe fijarse el monto de la indemnizacion segun el mérito de los antecedentes que cos= tan en los autos.

Caso, — Lo explica el

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Año: 1895, CSJN Fallos: 62:346 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-62/pagina-346

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