A. Tarando y C'; otro de Pedro Etchetto y otros, sobre levantamiento de embargo del vapor.
5" Que el estado de graduacion de fojas 181 y siguientes, ha dado colocacion útil á los gastos judiciales que han conducido á la venta del vapor, inclusive honorarios é impuestos de navegacion; á una parte de los sueldos del capitan Pexio y su tripulacion; á la parte de la cuenta de Manzoni, referente ú aprovisionamientos; á la de De Benedetti, por proveeduría; aparte de la de Medoni y Siffredi; aparte de !ade Figari y C"; que así los demis créditos por provisiones, mencionados como más antiguos por el liquidador á fuja 188 vuelta, y el del señor Palma, pur parte de precio de la venta del buque, garantido además por hipoteca, no han obtenido colocacion útil.
6° Que puesto de manifiesto en secretaría el estado de graduacion, por providencia de foja 203, se opusieron á las concluciones del liquidador el señor Pulma, á fojas 200 y 206; los señores Crowtter y C", rematadores M, Marasso y C°, á foja 207; el capitan Pexio, á foja 208; el capitan Bisso, á fuju 215; los señores Medoni y Siffredi, á fuja 216; los señores Ratti y C', á foja 217; los guardianes Coletti y Repetto, 4 foja 219; los señores Capurro y C',ú foja 230; don Pedro Cánova, á foja 224; los señores Angel Descalz» y C", á foja 222; los señores Cichero y Drago hermanos y don Agustin Pedemonte, ú foja 72.
Y considerando: 1° Que ninguna de las oposiciones deducidas se funda en que no existiera algunos de los «réditos útilmente colocados en el estado de graduacion, sinó en que se hu- 1 biera dado privilegio á unos que no los tendrían, y vice-versa, y tambien en que se ha presupuestado demasiado para honorarios, por cuyo motivo conviene dedicar un considerando á cada opositor del estado de graduacion. Considerando en cuanto ála oposicion del señor Palma :
2" a) Que su crédito por parte de precio de venta del vapor, suponiendo que sea lu última venta y que no se tome en cuenta
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Año: 1895, CSJN Fallos: 62:319
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