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Fallos: 62:281 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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""" DE JUSTICIA NACIONAL 281 :

te del artículo 15 de la ley de 14 de Setiembre de 1863, sobre " jurisdiccion y competencia de los Tribunales nacionales, vengo respetuosamente ú interponer el correspondiente recurso de apelacion para ante la Suprema Corte de justicia nacional, rogando á V. E, se digne enncelérmelo y urdenar se eleven los , autos en la forma ce estilo, «Es justicia, ete. > :

La referida Exma, Cámara 2° de Apelaciones de La Plata, me ha denegado el resurso transcrito en los siguientes términos:

«€ La Plata, Noviembre 21 de 1895. — Autos y vistos: De conformidad con el artírulo 15 de la ley nacional de 24 de Setiembre de 1863, sobre jurisdiccion y competencia de los tribunales nacionales nu ha lugar al recurso interpuesto, y cúm- :

plase lo mandado. — Gomez, — 5. Varela. — Ferreira, — Ante mí: Eduardo M. Larroque.> De esta resolucion he sido notificado, por medio de la cédula que acompaño, con fecha 28 de Noviembre próximo pasado, y por consiguiente son hay cinco días, dentro de los cuales, pue- y do y debo recurrir en queja; tras que me concede la ley y un i día más por cada siete leguas, dada la distancia que hay desde :

Jacindadde La Plata á esta Capital federal; distancia que está r E] calculada próximamente en más de catorce leguas, más 6 menos, | Por tanto, fundado en los artículos 229, 230 y 231, ley so» 7 bre procedimientos de los tribunales nacionales, recurro á Le V. E., rogándole se digne dirigir oficio á la Exma. Cámara 2° a de Apelaciones en La Plata, para que suspendiendo todo proce- | dimiento, remita á V. E, los autos en cuestion; y V. E., en vista de los mismos, se dignará otorgarme la apelacion dene- 1 gada, etc. 1 Es justicia, Juan B. Durand. ,

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Año: 1895, CSJN Fallos: 62:281 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-62/pagina-281

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