354 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Telmo Gonzalez presenta su defensa 4 foja 42, Morillo á foja 51, y Pereyra á foja 55, pidiendo todos ellos su completa abso Jucion y manifestando: el primero, que no hay base para el proceso, pues no se ha comprobado que la mala haya sido robada, creyéndose más bien, hasta por el mismo Fiscal, que no se trataba de otra cosa que de un simple extravío de aquella; que aun en el caso de existir el hurt, él no podía imputársele y ni siquiera sele había imputado, no existiendo en autos prueba alguna ó presuncion de que él fuese responsable de la pérdida de dicha mala, encontrándose probado que en los días de combinacion (como lo fué el 5 de Agosto), el jefe Morillo era quien abría personalmente las malas.
El segundo, manifiesta que para aplicarse una pena vs menester que el hecho que la motiva sea legalmente imputable al reo, circunstancia que en este caso no existía, puesto que no se sabía verdaderamente si había robo ó simple extravío; que por otra parte, se encontraba probado que el día de la pérdida de esa mala, aunque había sido de combinacion, Morillo no se había encontrado en la oficina ú la hora del ingreso á ella de la carta habiéndola recibido Gonzalez y no él, segun se comprobaba por el documento de foja 35; que la administracion general de Correos en su resolucion de foja 14 exoneraba de sus puestos á Gonzalez y Pereyra, sin que ninguna palabra se dijera de él allí, y cuyo hecho siendo significativo, debía pesar en la resolucion judicial que se pronunciara.
El último expresa que él no tenía la llave de la caja donde se guardaban las malas con valores declarados; que su intervencion en esa oficina se limitaba al despacho de la correspondencia certificada sin tomar parte en el despacho de valores sinó uccidentalmente, y por órden superior; que la mala de la referencia la había recibido Gonzalez y no él, quien no teniendo en el recibo de la misma ninguna participacion, y no cabíale por tanto responsabilidad alguna; que Jas sospechas contra su persona,
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Año: 1895, CSJN Fallos: 61:354
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