DE JUSTICIA NACIONAL 15 Caso, — El apoderado del doctor Guiñazú solicitó regulacion de sus honorarios y los de la defensa, e El Juez nombró al doctor Palma, que los estimó, en conjun- to, en la cantidad de 2500 pesos. :
Observada esta regulacion por las partes, se celebró el jui= vio verhal á que fueron convocadas, dictándose despues el si- , guiente Fallo del Juez Federal Mendoza, Setiembre 7 de 1891.
Apercibiéndose el infranseripto que es interesado en estos autos el señor Lomingo Villanueva, con quien pueden haber causales de implicancia, en razon de gestivnes judiciales relacionadas con la sucesion de la esposa del primero, declárase que el expediente sobre regulacion de costas, como tami°-n el princi | pal deben pasar al abogado de la Jista que corresponua p:7 su órden. Háguse saber. o:
Castillo.
Fallo de la Suprema Corte y " Buenos Aires, Agosto 13 de 1895, , Vi-tos : No expresándose en el auto de foja siete, de una manera explícita y determinada, hecho alguno que funde una causal de recusacion dentro de las disposiciones de la ley de lama= teria, y no apareciendo de autos, por otra parte, la existencia — de tales hechos, devuélvase para que el Juez titular continúe —
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Año: 1895, CSJN Fallos: 61:15
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