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Fallos: 60:179 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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DE JUSTICIA NACIONAL 9 Segundo : Que levantada la investigacion sa produjeron las 4 corrientes de fojas 1 49, que fueron traídas á este Juzgado, :

donde se ordenó la instruccion sumaria del caso.

Tercero : Que prestando declaracion en 4 de Julio, Olinto :

Casini 6 Ferretti, confesó paladinamente su participacion en el 3 hecho de la circulacion (véase foja 20), exponiendo que «el au- a tor de la circulacion fué el declarante». a Cuarto: Que refiriéndose á sus declaraciones anteriores, ra- á tificó las anteriores diciendo : que la verdad de lo ocurrido es f lo declarado ante el Juez de Paz y que si declaró en esa forma E ante el Comisario fué por no comprometer á Vizca (véase fojas E 20 vuelta). + Quinto : Que prestando declaracion Leopoldo Vizca (véase N foja 21), negó categóricamente el hecho de su participacion en la circulacion, explicando sus relaciones con Ferretti (a) Ca- E sipi.

Sexto : Que nuevamente el Procurador Fiscal solicita un Y careo, al que se aceede por auto de foja 23 vuelta; traidos los presos á presencia del Juzgado, cada uno de ellos insiste en sus = manifestaciones. E:

Séptimo: Que con estos antecedentes se produce la acusacion fiscal (véase foja 34) solicitando con arreglo á lo dis- f puesto en el artículo 62 de la ley de 1863 la pena de cuatro 1 años de trabajos forzadvs para Leopoldo Vizca y Olinto Casini L a) Ferretti, y demás accesorios legales, y Octavo : Que producieñdo su defensa el Doctor Larrain (véa- :

se foja 39) sostiene la inocencia de su patrocinado, pidiendo E su inmediata libertad. E Noveno: Que expidiéndose el Defensor General de Pobres a véase foja 47) se circunscribe á la propia confesion paladina E de sa defendido, y como el fiscal, termina solicitando la pena y del caso para su patrocinado.

Décimo : Que en cuanto á la clase de billetes circulados, se E PE 3

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Año: 1895, CSJN Fallos: 60:179 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-60/pagina-179

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