de varios ciudadanos, y prendido y encarcelado á otros, ejecutando órdenes que dice recibió de los rebeldes: y 3 Que fué de los primeros que se presentaron armados en esta ciudad, el 5 de Enero, haciendo armas contra las fuerzas acantonadas en la Plaza; y en cuanto á los crímenes comunes; 17 Que robó, con fuerza armada, cn casa de D. Narciso Mollea, un caballo ensillalo y las domas especies que se relacionan enlas — , declaraciones de éste y de su esposa, fojas primera y eatorce ; $ Que fué uno de los que robaron la casa de negocio de don Juan Leon, abriendo las puertas á balazos ; 3 Que de la finca de D. José Pedro Cortinez tomó, entre otras cosas, seis animales cabalgares, y 47 Que, cuando su espedicion á Calingasta con el objeto de capturar á Fernandez y otros, robó, en xu tránsito, un número considerable de animales, detallados en la confesion del procesado Contreras, y comprobados por las declaraciones de los testigos, á fojas sicte, nueve y diez y siete.
Que el primero de los cargos, referentes al delito político, está justificado en toda su amplitud, por la confesion misma «de Aracena; por las declaraciones de Varela, foja diez y nueve; Mallea, foja primera; Contreras, foja nueve vuelta; doña Petrama Zavalla de Mallea, foja estores; Juana Bustos, foja emtoree vuelta; Gilez, foja veinte y dos, vuelta; doña Tomasa Castro, foja veinte y cuatro vuelta, doña Inés Castro foja veinte y eíneo ; Isabel Pelajes, foja veinte y cineo vuelta; Loprz, foja setenta y uno: Lloveras Rufino, foja diez y ocho:
Cortinez, foja ochenta y uno; Lucero, foja echenta y seis:
Escobar, foja ochenta y sicte; y Juana Vega, foja noventa y tres: por la aceptacion que de sn verdad, hace el defensor en su defensa, y por las órdenes que ha presentado con el propásita de justificar su descargo, y que se registran desde foja einenenta y tres hasta einenenta y nueve de estos antos ; mas no así el segundo que no se ha probado.
Que del primer cargo, relerento á erímenes comunes, sola aparece justificado el hecho de la sustraccion del caballo ensiMHado, como tambien que el antor fuí Aracena, por la confesion EA i
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Año: 1868, CSJN Fallos: 6:49
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