foja 30), accion que sin modificarla se continuó rontra do Tristan Rodriguez (foja 22 vuelta).
9 Que algun tiempo despues de iniciar esa accion, se presentó don Clemente Rico, mostrándose dueño del campo en cuestion, por haberlo adquirido de dicho don Tristan Rodriguez, :
segun decía, y fué entónees cuando la empresa ferrocarrilera desistió de proseguir la demanda incoada contra Lousteau y proseguida contra Rodriguez, ocurrió al fuero federal, sin que la /itis rontestatio se trabase entre ella y dieho señor Rico.
Y considerando: 1 Que no puede estimarse en juicio la arcion instaurada, cuando se apoya en hechos errados y personalidades equivocadas y nun contrariadas por las mismas partes que la instauraron.
2 Que no puede decirse en juicio acerea de la accion que no se ha ejercitado en la forma correspondiente y más cuando no es una misma la persona interesada en su aplicacion.
3" Que uno de los deberes impuestos por la ley, á todo actor, es el que se cerciore bien de la persona contra quien pone su demanda (leyes 1" y 40, título 2", partida 3"), y que en el preD sontecaso, primitivamente demandado, lo /ué el señor Lousteau, por peticion propia, el señor Rodriguez; pero no el señor Rico, que por sf demandó á la empresa expropiante.
A" Que de aquí resulta la intervencion directa de don Clemente Rico, en los dichos autos sobre expropiacion, seguidos ante el Juezde lo Civil del Departamento del Sud, sin haber aparecido jamás enellos, 11 como demandado, ní menos como demandante.
5" Que contestada la demanda de expropiación, instaurada por la Empresa contra Lousteau, quedó la accion radicada y el juicio trabado ante el /uero que se interpuso.
6° Que avocada la accion por in tercero, diciéndose cesiona= rio por compra-venta, quedó eliminado el actor por nueva neH
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Año: 1895, CSJN Fallos: 59:8
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