expresando que tambien nota mucha diferencia entre una y otra firma, sin saber por qué firmó así, y que nada sabe del dinero que se dice vino incluido en la carta.
Don Fauor Aguirre y don Manuel Arnaltes, Aitestiguan .. »cer la firma de Insiarte y que la del recibo de retorno no es iu de Insiarte, por ser diferente de la puesta en el libro de en5 tradas.
A fojas 11 y 12, el comisionado por la administracion de Correos para instruir el sumario, informa: que la falsificacion de firma en el recibo, no fué posible constatar, por no encontrarse la persona que presenció la entrega de la carta, y que los certificados existentes en la Oficina de General Gúemes estaban en perfecto estado.
Don Emilio Coulan, á foja 15, denuncia ante la Direccion de Correos, que el mismo encargado de aquella estafeta habías abierto una carta certificada, dirigida de Buenos Aires al exponente y sustraido el dinero que contenía; la seccion correos informa que esa carta número 19.884 se dirigía á General Gúemes el 48 de Febrero de 1892, en guía número 10,040. Autorizado el Jefe de este Distrito 18", para investigar el hecho, hace constar que no encontrándose el señor Couian, sólo recibe la declaracion del encargado Nestor Vaca, quien afirma: que el 24 del mismo mes y año citados, entregó dicha carta, probándolo asf el registro correspondiente, en el cual constaba tambien que, el 27 de Junio del mismo año, habíase recibido y entregado otra certificida para el mismo señor; que éste nunca le hizo reclamo alguno sobre dicha correspondencia, que se la entregó en perfecto estado; que no entregó la nota de foja 14, dirigida por el Jefe del Distrito, por haber ausentádose va el señor Coulan ; niega baberla abierto él ú otra persona en la olicina á su cargo; dice que la recibió enel estado que está, y que no dió cuenta por no haber notado el estado del cierre, Por declaracion del dueño del Hotel de Itilia, á foja 18, se
Compartir
48Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1894, CSJN Fallos: 58:306
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-58/pagina-306
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 58 en el número: 306 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos