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Fallos: 55:190 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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190 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Vista señor Temperley ha abrazado en una llave las tres primeras partidas del detalle de foja 11, estableciendo e 1 aforo de 130 milésimos por metro cuadrado, que corresponde ú la madera en chapas para ensamblar, con cualquier espesor que traiga: y noá la madera en tablas y tablones ete,, rte, A foja 20 el mismo Vista despachante reemore que al hacer el aforo de 130 metros en Ingar de 1 pie tomó si la chapa en lugar de tablones, Me parece que no hay error de eáleulo, sinó un errur de clasificación, Siban tomado tablones y tablas de mayor espesor por chapas, el error es de calidad, y la aplicacion de la tarifa y la liquidacion, sólo una consecuencia de aquel error, No puede aplicarse, entónces, el artículo 430 de las ordenanzas, que únicamente se refiere 4 errores de cáleulo, y pienso que esel 1534 que preseribe « no podrán, ni la aduana ni el comerciante, reclamar contra la elasificacion de los artículos, despues de salir estos de la adaana >, que rige directamente el caso sub-judice, Por ello pido 4 Y. S. la contirmación de la sentencia reenrrida, corriente á foja 50 vuelta, Sabimano Kier Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires Marzo 27 de 1891.

Vistos : Por sus fundamentos y de conformidad con lo expuesto y pedido por el señor Procurador General ; se confirma el auto apelado de foja cincuenta vuelta. epuestos los sellos, devuélvanse,
BENJAMIN PAZ. — LUIS Y. VARELA,

ABEL BAZAN. — OCTAVIO

BUNGE. — JUAN E. TORRENT,

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Año: 1894, CSJN Fallos: 55:190 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-55/pagina-190

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