y 480 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
CAUSA COCLVIL
Don Emilio Otero contra la Provincia de Entre tíos; por cobra ejecutivo de pesos Sumario. —La oposicion á la ejerucion deducida despues de vencido el término de la ley, debe ser desechada.
Fallo de la Suprema Corto Buenos Aires, Diciembre 16 de 1893, Vistos y considerando : Que segun resulta de autos, la oposicion ha sido hecha despues de vencido el término fijado por el artículo doscientos sesenta y ocho delaley de Procedimientos; que dicho término es perentorio y su lapso, por consiguiente, produce 150 jure los efectos legales, segun se desprende del texto del citado artículo y lo tiene resuelt sta Suprema Corte Fallos, série segunda, tomo once, página noventa y siete).
Que los casos en contrario invocados en su informe in voce por el defensor de la provincia de Entre-Rios, no se refieren á los términos declarados fatales por la ley.
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Año: 1893, CSJN Fallos: 54:480
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