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Fallos: 54:279 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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RECURSO DE HECHO
E.rcelentisima Corte :

Roberto Levingston por el Banco Nacional en liquidacion, á mérito del poder adjunto, constituyendo domicilio legal en la calle Florida número 444, ÁV. E. digo:

Que en el proceso por defraudación seguido por mi parte contra el señor Teodoro Prasch y otros, autos relativos al señor Manuel A. Férró, el señor Juez de Seccion de Corrientes ha regulado los honorarios á los señores Juan P. Gandulfo y J. Benjamin Romero, á pesar de mi oposicion, que sostenía que esta regulacion sólo podía practicarse después de la sentencia ó cuando menos á la conclusion de la prueba.

Apelada la regulacion, el recurso me ha sido denegado por ser inapelables las regulaciones, con arreglo á lo dispuesto por la ley sobre arancel de 26 de Agosto de 1863, La apelacion, sin embargo, no se refiere á la regulacion misma sinó á su oportunidad.

Por tanto: A V. E, pido que ordene al señor Juez de Seccion de Corrientes el informe correspondiente y con su resultado declare apelable el auto.

R. Levingston.

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54

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Año: 1893, CSJN Fallos: 54:279 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-54/pagina-279

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