182 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE ! agregará copia autorizada al presente, y de acuerdo con lo pedido por el Procurador General, se resuelve, que esta Suprema Corte carece de jurisdicción para entender enla demanda por razon de la materia sobre que versa ; y repuestos los sellos, archívese,
BENJAMIN PAZ,—LUIS V. VARE-
La en disidencia ).—ABEL BAZAN.— OCTAVIO. BUNGE.
JUAN E. TORRENT,
DISIDENCIA
Buenos Aires, Octubre 2 de 1893, Vistos: Por los fundamentos del fallo en disidencia de la causa de igual naturaleza promovida por el Dr. Joaquin M, Cullen: en representacion del Gobierno provisorio de la provincia de Santa-Fé, contra el Dr, Don Valdomero Llerena á que se refiere el recurrente ú foja 10.
Y considerando, porotra parte, que en el caso ocurrente media además de lo allí expuesto, la circunstancia especial de haberse producido bajo la autoridad del Gobierno provisorio de San Luis la reorganización del Poder Judicial y la convocacion á la eleccion de dos poderes políticos de aquella provincia, comenzándose la inscripcion cívica á esos efectos, todo ello con el asentimiento del Presidente de la República, que reconoció la existencia de dicho Gobierno provisorio; que por otra parte no existe niha existido rebclion armada ni hechos de guerra hostiles á ese Gobierno provisorio posteriores al triuufo de la revolucion que lo constituró, lo que importa dejar establecido que el gobierno irregular erigido allí, funcionaba acatando la
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Año: 1893, CSJN Fallos: 54:182
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