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Fallos: 53:480 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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interpuesto por los expropiados, para que se les entregue la suma consignada, reclamo que corre por cuerda separada, y de —.

ahí adelante los intereses de toda la suma mandada pagar.

Hágase saber con el original y repónganse los sellos.

Delfin Oliva.

Yallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Setiembre 9 de 18993, Vistos: Siendo equitativo el precio asignado al terreno y la indemnizacion mandada pagar en la sentencia de foja ochenta y ocho, se confirma ésta. Repuestos los sellos, devuélvanse,
LUIS V. VARELA. —ABEL BA-
ZAN.— OCTAVIO BUNGE.

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Año: 1893, CSJN Fallos: 53:480 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-53/pagina-480

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