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Fallos: 53:418 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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418 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Caso.—Lo indica el siguiente escrito de

QUEJA
Buenos Aires, Agosto 25 de 1893, Suprema Corte:

El Procurador Coronado, en representacion de Don Miguel Iturbe y otros, en la acusacion promovida contra el Alcalde Dun Regino Marquez por abusos de autoridad y obstrueciones opuestas á un acto electoral, digo:

Que como se acredita por el adjunto testimonio expedido de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 544 del Código de Procedimientos, es la tercera vez que me he quejado al señor Juez de la causa, Doctor Lulanne, por retardacion de justicia, sin haber sido atendido mi justo reclamoen el término que prescribe el artículo 517. Por el artículo 494 se fija á los jueces inferiores el término de 20 días para pronunciar sentencia despues del ¡llamamiento de autos, ó de practicadas las diligencias decretadas para mejor proveer, como sucede en el caso. La diligencia que el Juzgado ordenó con tal carácter, segun su informe á V. E. en mi queja anterior, está cumplida desde hace dos meses largos, y sin embargo el Juez inferior no ha pronunciado su sentencia, dando lugar al requerimiento que acredita el testimonio adjunto, y dejando vencer, á pesar de ello los días corridos desde su presentacion en contravención al artículo 517. En este estado, y siendo indispensable que este juicio tenga un término en la 1° instancia donde se inició en Febrero de 1892, ocurro á V. E. en uso del derecho acordado por el artículo 514 del recordado Código de Procedimientos, pidién

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Año: 1893, CSJN Fallos: 53:418 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-53/pagina-418

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