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Fallos: 53:328 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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E 328 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
Er Caso.-— Lo indica la Sentencia del Juez Letrado Y vistos: Estos autos seguidos por Don Bernardo Varona y Don José Laso, miembros de la razon social Varona y Laso, establecida en Puan (provincia de Buenos Aires) contra Don Roman Duers, por falta de cumplimiento de un contrato de compraventa de lanas, de los que resulta:

Queá foja 3 se ha presentado Don Mariano C, Beron en representacion de los actores, exponiendo :

Que segun consta del boleto de foja 2, sus representados compraron ul indicado señor Dhers, la lana de las ovejas de propiedad del vendedor, correspondiente ú la esquila del año de la venta, calculada en 500 kilos, !ibre de la de borrega y demás vicios, obligándose los compradores á recibirla á ñnes del mes de Diciembre de 1890 ppdo., y entregando á cuenta de esa compra y en calidad de seña la cantidad de 400 pesos moneda nacional.

Que como el vendedor no hubiese terminado la esquila de las ovejas dentro del término del convenio, los compradores tuvieron la tolerancia de esperar hasta el dia 30 de Enero en que fueron requeridos particular y amistosamente por el mismo vendedor con quien arreglaron que la lana fuese cargada en unas carretas que habían salido de Puan, Que llegado el momento de hacer efectivo este arreglo, presentándose la tropa de carros que debía recibir la lana, el ven dedor resistió su entrega por haber vencido el plazo estipulado y pretendió formalizar nuevo contrato, por ser el primero nulo, ó devolver los 400 pesos recibidos en seña.

Que á pesar de la irreguiaridad de este proceder, pretendieron los demandantes Varona y Laso, abandonaxdo toda gestion, re

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Año: 1893, CSJN Fallos: 53:328 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-53/pagina-328

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