Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 52:64 de la CSJN Argentina - Año: 1893

Anterior ... | Siguiente ...

to de este último, se establece como causal de recusacion la de haber intervenido en el proceso como fiscal, caso en que se encuentra el doctor Aurrecoechea. Por estos fundamentos y de conformidad ú lo expuesto y pedido por el señor Prozurador General, se confirma el auto apelado de foja cuarenta y cuatro. Devuélvanse.


BENJAMIN PAZ.— LUIS V. VARE-
LA.— ABEL BAZAN.— OCTAVIO

RUNCE.


CAUSA CINVI
Sumario con motivo de una defraudación en la Receptoría «de Campana, rapor Bolivar»; sobre exensación del Juez Sumario. —Es justa causa de excusacion enel Juez, el haber intervenido en el proceso como Fiscal.

f Caso.—Lo indica el

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

60

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1893, CSJN Fallos: 52:64 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-52/pagina-64

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 52 en el número: 64 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos