4" Que consta de las planillas de fojas 1 4 16, que se han hecho pagos en el mes de Junio, lo que implica claramente que el dinero destinado al pago de dichas planillas había salido de la caja cuando esos pagos se hicieron, y por consiguiente en momentos en que el procesado manejaba y corría aún con la caja de la Tesorería.
5" Que se reconoce además por el procesado en su indagatoria de foja 22, que pagó en parte las planillas de referencia, reconocimiento que importa confesar fuí también pagglor, además de Tesorero y Contador.
6" Que segun lo considerado resulta indudable que el procesado, como Tesorero, entregó, y como pagador recibió y distribuyó la suma antes expresada de 19.920 pesos 27 centavos moneda nacional, que el libro de caja da como salida para el pago de sueldos por el mes de Mayo á que su refieren las planillas antes recordadas.
7" Que al hacer la distribucion de esta suma, debían necesariamente sobrarle 1500 pesos, segun el cómputo entre el valor de las planillas y la suma anteriormente expresada, sobrante que el procesado estaba en la obligacion de devolver á la caja.
8" Que por otra parte en la planiila de foja 10 se consigna por el procesado, como Contador, que lo á pagarse por dicha planilla son 6792 pesos con 95 centavos, lo que evide2temente es una falsedad desde que esa planilla no arroja sinó 5792 pesos con 95 centavos, en las cantidades que la componen, ó sea 1000 pesos menos que la suma con que aparece liquidada, falsedad que envuelve una presuncion y un cargo que corrobo-— ran la culpabilidad del procesado en la' sustraccion que se le acusa, Por estos fundamentos, fallo: condenando al procesado Félix Spiquet ú la pena de tres años de prision, y ú la inhabilitacion perpétua para ejercer cargos públicos, de acuerdo con los artí
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Año: 1893, CSJN Fallos: 52:118
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