renta y dos, declarándose: que la Empresa del Ferrocarril Central Argentino debe entregar á don Pascual Caeiro los ciento veinticinco rollos de alambre marca < Sol », á que se refiere la guía de foja dos, objeto del recurso de apelacion, ó su equivaleute dentro de diez dias. Repuestos los sellos devuélvanse.
BENJAMIN PAZ.— LUIS V. VARELA, — ABEL BAZAN.— OCTAVIO BUNGE.—
JUAN E. TORRENT.
PJ
CAUSA LXXNIX
La Empresa de Ferrocarriles Pobladores contra D. Adrian Penard; sobre erpropiacion Sumario.—En la indemnizacion por expropiacion, debe atenderse á lo resuelto en casos anúlogos.
Caso.— Lo indica el
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Año: 1893, CSJN Fallos: 51:345
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