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Fallos: 5:260 de la CSJN Argentina - Año: 1867

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dispuesto por el art. 277 de la ley de procedimientos, fallo esta causa de remate; mandando se lleve adelante la ejecucion y condenando en costas al ejecutado.

J. Benjamin de la Vega.

Esta sentencia, traida én dpelacion ante la Suprema Corte" fué revocada por el siguiente Fallo de la Suprema Corte.

Buenos Aires, Mayo 5 de 1808.

Vistos: Estando comprendido el presente caso en la resoJucion de los análogos, seguidos, el primero ante el Juzgado de Seccion de Mendoza, entre el Ministerio Fiscal y los comerciantes don Federico Palacios, don Gabriel Fornes y otros; y el segundo, ante el Juzgado Seccional de San Juan, contra don Luis Arebalo, don Camilo Aguiar y otros; de acuerdo con los fundamentos de las dichas resoluciones, se revoca el auto de remate apelado, y se absuelve á don Pedro J. Caraffa de la demanda, devolviéndose, satisfechas que scan las costas: y repuestos los sellos para que se mande alzar el embargo trabado en los bienes de aquel en virtud del mandamiento de foja quince.

FRANCISCO DE LAS CARRERAS. —SALVADOR
MARÍA DEL CARniL.— FRANCISCO DEL-
GADO.—JosÉ $BARRos Pazos.—J. B.

GOROSTIAGA.

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Año: 1867, CSJN Fallos: 5:260 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-5/pagina-260

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