probado el dolo, está probada hasta la evidencia la culpa de ambos; y esa culpa no es levísima, que en todo caso estarian obligados á prestar esos empleados en el manejo de los caudales públicos, sinó culpa grave que se presta en toda clase de centratos, y que se acerca al dolo. El 1° por haber dejado abierta la caja en presencia de un estraño, no haber dado balance en tanto tiempo, etc. etc. ; y el ? por no haber dado periédicamente dicho balance, por no haber examinado su estado, por no haber vijilado suficientemente á sus subalternos, y por haber consentido que se -retardase tanto la rendicion de cuentas, sin averiguar la verdadera razon de ese retardo.
«La responsabilidad del Comisario Albarracin no ha cesado por haberse nombrado un cajero. Seha aumentado el número de los responsables, pero no ha disminuido la responsabilidad de ninguno de ellos. Delo contrario resultaria que el Gobierno buscando mayor seguridad relevase 4 los empleados superiores de la responsabilidad que les incumbe para hacerla recaer sobre los subalternos; lo cual no es en manera alguna razonable.» El Comisario - Albarracin contestando dijo: « Para que yo fuera responsable del reintegro de los fondos seria necesario que pudiera atender personal é inmediatamente todas las operaciones de los distintos ramos confiados á la Comisaria General. Preciso fuera que mientras estoy ocupado de verificar las entregas de equipos, por ejemplo, para que los contratos se cumplan en los términos estipulados, 6 miéntras me ocupo personalmente de las revisías de mar y tierra, pudiera al mismo tiempo estar inspeccionando las operaciones del cajero para ver si las entregas se hacen con exactitud, etc..etc. ; pero, no es racional exijir de nadie esta simultaneidad de accion y de inspeccion, y la práctica administrativa es, que el cajero es el único responsable de los fondos que se le entregan y se ponen bajo su guardia y administracion.
Las mismas casas de comercio nos ofrecen un ejemplo elocuente. En ellas el cajero es un empleado aparte y casi absolutamente desligado de todos. Solo él corre con las entradas
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Año: 1867, CSJN Fallos: 5:18
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