>-JMriadiccion la empresa mencionada, demandando 4 Don Mustre por la expropiscion de la superficie de - 195 990 metros cuadrados, d fin de construir la línea ga A acordada entre el pueblo de Pergamino y el de San Y. Que al instanrarse la accion, so manifiesta ser nece- mario entre los kilometros 43 y 45, la superficie de tierra mencionada, según el plano foja 1. que se adjunta, y "como no han arribado entro el propietario y el actor á la - esuvencion de un precio justo y equitativo, solicitaba: 1° 7 día y hora para que tuviera lugar el comparendo demar- , E esdo por la ley, 4 fin de nombrar los peritos que valori- ansen la tierra y los perjuicios del caso: 2, no estando | conforme Mastropaolo con el precio reputado como f verdadero, y teniendo necesidad la Empresa de torzar E posesion, consigna d la orden del Juzgado la suma de E 2408 pesos %.
E $. Que en 23 de Enero del año corriente, compareE cleron las partes nl juicio verbal decretado, y despues de Fun cambio de ideas, resolvieron el nombramiento de F- peritos, recayendo en Don Juan Manuel Jordan y Don E Pudro Becco: vénse foja 30.
E 49. Que expidiéndose á foja 22 el perito de la Empresa Señor Becco, justiprecia el valor del terreno, 4 razon de 400 pesos % la cuadra, y como indemnizacion 4 razon 250 pesos > por hectárea.
p 5. Que igualmente, expidiéndose el perito Señor Jordan, 4 foja 28, estima 4 razon de 50 centavos de peso el metro cuadrado de tierra y entrando 4 apreciar la | Andemnizacion de daños y perjuicios lo hace en detalle y y según la planilla de fojas 31 y 31 vuelta, hacióndole ascender ú la suma de 33.880 pesos 25 centavos °%.
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Año: 1892, CSJN Fallos: 49:10
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