CAUSA CXXXVII
Trebino y Compañía contra Don Stejaño Anselmo, por rescisión de contrato; sobre alta de personería y defecto en la demanda.
Sumario. — El que ha contratado con nia "razon social, no puede exigir que ésta al-entablar demanda sobre rescision de Icontrato, acompañe el documento probatorio de la sociedad.
Caso.— En 10 de Septiembre de 1891, los señores L.
Trebino y €", acompañando un contrato de fletamento firmado por Stefano Anselmo, L. Trebino y C, José Maglio y Juan P. Ardocis, se presentaron demandando á Anselmo por la rescisión del contrado mencionado, Conferido trastado de la demanda, Anselmo dedujo las escepciones de falta de personería y de defecto legal en el modo de proponer la demanda, fundando las dos en que los señores Trebino y C" no habían acompañado el contrato social que acreditaba la existencia de la sociedad L. Trebino y €.
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Año: 1892, CSJN Fallos: 48:267
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